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¿Cuántos y qué tipos de televisores se pueden traer a Cuba?

Interesante es publicación del portal Cubadebate por lo que lo ponemos a disposición de puenteras y puenteros:

 
La Aduana General de la República, publicó una breve nota en su página web, con el objetivo de explicar las regulaciones vigentes sobre la entrada de televisores al país.
Según la institución cubana, han recibido muchas preguntas sobre este tema por parte de la población. A continuación la nota íntegra.
 
¿Puedo llevar 2 televisores de 32 plg a Cuba en el peso de los 25 kg? Quisiera me aclararan.. ¿ un tv de 32 pulgadas esta incluido en el peso que debo llevar en dos equipajes de 23 kgs o este es aparte? ¿si llevo dos televisores de 32″, ya con ellos consumo el derecho a llevar 30 kilos de peso exento…?
Como estas, son muchas las preguntas que nos llegan sobre la importación de televisores, por lo que trataremos de aclarar este punto:
1. La importación de televisores no está limitada por su tamaño (cantidad pulgadas que mide la pantalla) o tecnologia (CRT, LCD, plasma, LED, etc). Mientras sean domésticos, pueden tener cualquier tamaño e incluir 3D
2. Cuando se emplea la valoración por el peso, los 25 kgs considerados efectos personales son solamente de confecciones y miscelaneas y no incluyen equipos electrodomésticos salvo aquellos considerados dentro de los efectos personales.
3. Los televisores, como todos los efectos electrodomésticos, se valoran aparte de las miscelaneas. Por lo tanto, en ningun caso pueden incluirse en la valoración por el peso… No se pesan.
4. De acuerdo a la Resolución 320-11 del Jefe de la AGR, el límite en la importación de televisores es de 2 unidades (un total de dos televisores de cualquier tipo y tamaño)
4. De acuerdo a la Resolución 321-11 del Jefe de la AGR, el valor en aduanas de los televisores es:
• Televisor convencional (Televisores CRT o de tubo de rayos catodicos) = 60.00 pesos
• Televisores pantalla plana hasta 32 pulgadas = 150.00 pesos
• Televisores pantalla plana de más de 32 pulgadas = 400.00
 
Este contenido está disponible en:  http://www.cubadebate.cu/noticias/2014/05/27/nota-aclaratoria-de-la-aduana-general-de-la-republica/#.U4SEcvJ7-dd
 

1 comentario:

  1. Esta publicacion há sido muy bien venida por todos nosotros ,gracias Puente,

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